Dentro de la normativa que es el reglamento de evaluación, control y seguimiento ambiental, se indica que, es obligatoria la visita de campo para los proyectos B2, B1 y A y para los de menor categoría ya queda a criterio de quien evalúa el expediente, según lo manifestó el Ing. José Cabrera delegado del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
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A respuesta de esa normativa es, que se hacen las diferentes visitas de campos a cualquier obra o industria de la cual se presente un instrumento ambiental.
Tendrían que revisar cual va a ser la forma en que se ingresa ya sea predictivo o correctivo, de cualquier manera, se resuelve siguiendo los lineamientos para cada uno de estos proyectos.
Las personas que revisan los expedientes analizan a detalle la información que se presenta y ha habido casos tanto privados, como municipales en menor grado, en donde se categorizan mal y se hacen las correcciones correspondientes.
